Mexico

March 30, 2024

Magistrado de Tribunal Electoral propone revocar medidas del INE contra entrevista de AMLO que dio a Canal Red

El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, propone revocar las medidas cautelares dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador que le ordenaron eliminar de sus redes la entrevista con Canal Red, por considerarlas “incongruentes”.
El proyecto del magistrado se deriva de un recurso de revisión interpuesto por el jefe del Ejecutivo en contra de la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE a la que atribuye diversos vicios como falta de incongruencia e indebida fundamentación y motivación.

Magistrado afirma que medidas cautelares del INE son incongruentes

Rodríguez Mondragón da la razón a López Obrador al admitir que el órgano incurrió en una violación al principio de “congruencia interna” al emitir consideraciones contrarias entre sí en el acuerdo aprobado el pasado 14 de marzo.
Según argumenta en el documento, la Comisión consideró improcedente la medida cautelar solicitada en relación con la publicación realizada por Canal Red en su canal de YouTube, bajo el argumento de tratarse de un ejercicio periodístico que goza de presunción de validez. Sin embargo, declaró la procedencia de tales medidas en contra de López Obrador para que este modificara o cancelara la difusión de la entrevista.
“La incongruencia radica en que la responsable valoró con un estándar distinto los mismos hechos y, en ese sentido, si la entrevista goza de una presunción de validez, entonces a partir de un análisis preliminar, debe declararse la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas en su totalidad”, señala el magistrado.
Asimismo, advirtió que, tras un examen preliminar, no se observa que en la entrevista existan llamados expresos a votar en favor de una propuesta concreta sino que se desarrollan temas de interés general, por lo que limitar su contenido resultaría “desproporcionado”.
“Si se escucha la entrevista denunciada, es posible advertir preliminarmente que en ella prevalecen los contenidos de interés general frente a contenidos con posible incidencia electoral no siendo evidente o clara, preliminarmente hablando, una probable vulneración a la normativa electoral. De tal suerte, como se adelantó, limitar la entrevista denunciada implicaría un sacrificio alto al derecho a la información con un beneficio bajo para la equidad en la contienda”, apunta.

INE ordena a AMLO bajar entrevista con Canal Red

El 17 de febrero y el 4 de marzo de este año, los partidos PAN y PRD presentaron quejas ante el INE en contra de López Obrador por las manifestaciones que realizó durante la entrevista concedida a la periodista Inna Afinogenova y difundida en el perfil de Canal Red en YouTube, así como en diversos perfiles de Gobierno.
Los partidos argumentaron que el presidente enfatizó supuestos atributos y cualidades de la candidata presidencial Claudia Sheinbaum Pardo, y expresó un mensaje de continuidad transexenal. En su opinión, sus declaraciones vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos durante el proceso electoral en curso.
El 14 de marzo, la Comisión de Quejas del INE consideró procedentes las medidas cautelares en contra del presidente y le ordenó eliminar o editar de sus plataformas las publicaciones sobre la entrevista.
Además, le ordenó, de nueva cuenta, abstenerse en todo momento y bajo cualquier formato o modalidad de “realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones y señalamientos sobre temas electorales, cuidando que su actuar se ajuste a la imparcialidad y neutralidad”.

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